lunes, 4 de agosto de 2008

Derogan Delitos de Patentes


Congreso también despenalizó violación de secretos comerciales e industriales
Violación. Cuando la reforma entre en vigencia, la única vía para subsanar el daño por la divulgación de un secreto comercial o industrial será la civil. Hoy esto se puede hacer también en la penal, de forma paralela a la sanción.Jupiter Images /Para EF Alejandro Fernández Sanabria
No es una de las exigencias para la implementación del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (Cafta), tampoco estaba contemplado en el proyecto de ley , pero aún así, para evitar a toda costa roces constitucionales y especialmente políticos, los derogaron.
La Comisión Plena Segunda, dotada de potestades legislativas, aprobó la eliminación de los delitos cometidos contra secretos comerciales, industriales y de información confidencial de la Ley de procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual .
También fue derogada la sección que contiene los delitos de patentes de invención, dibujos, modelos industriales y de utilidad.
El efecto práctico de esta reforma es que, cuando entre en vigencia, la única vía para reclamar daños y perjuicios ante la violación de una patente o la divulgación de un secreto comercial o industrial será la civil.
La vía penal, que es más rápida, permite el reclamo de una compensación económica de forma paralela al castigo de prisión de uno a tres años que define la ley en estos delitos.
Estos cambios responden a varias mociones aprobadas en junio pasado. El proyecto de reforma fue avalado en segundo debate y el 17 de julio la Asamblea Legislativa pasó el documento a manos del Poder Ejecutivo, para que los firme y luego publique enLa Gaceta para que rija.
Esta despenalización genera opiniones contrarias. Abogados especialistas consultados por EF consideran que la reforma pone en seria desventaja a los dueños de patentes y secretos.
El sector farmacéutico que representa a los productores de medicamentos teme que la falta de delitos en patentes fomente la piratería de medicamentos.
Sin embargo, el sector farmacéutico de los genéricos y el académico consultado ve razonable que se eliminen estos delitos, pues así se evitan excesos y temor entre la industria de innovación y el conocimiento, que aún es incipiente en el país.
Para arreglar las cosas
El 4 de abril de este año, tras la aprobación en primer debate del proyecto de ley, la Sala Constitucional, a petición de opositores como el Partido Acción Ciudadana, señaló que había penas muy altas para actos que solo generan daño económico.
Por esto, la derogatoria respondió a la necesidad de limpiar o hacer “potable” el proyecto para que superara los obstáculos que señaló la oposición y confirmaron los magistrados constitucionales, asegura el diputado del Partido Liberación Nacional Jorge Méndez Zamora, quien participó en la subcomisión legislativa que emitió un informe sobre las mociones presentadas en el proyecto.
Además, la diputada independiente Andrea Morales, presidenta de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, justificó la reforma basada en que los convenios internacionales de propiedad intelectual no exigen que se penalice la violación de derechos de los dueños de patentes o secretos empresariales.
Muchos puntos de vista
En cambio, la especialista en propiedad intelectual Giselle Reuben rechaza el cambio. “En caso de que el dueño de una patente requiera de un procedimiento expedito y persuasivo como el proceso penal, no puede utilizarlo. Ahora se le limita el poder al obligarlo a recurrir a un proceso civil, que es largo y engorroso”, asegura.
El abogado Néstor Morera consideró innecesaria y atropellada la derogatoria, y advirtió que la defensa de la violación de las patentes se puede hacer en la vía civil, pero enfatizó que la protección de un secreto empresarial necesita de la agilidad que brinda la instancia penal, algo que ahora el legislador eliminó.
Además, agregó que patentar conocimiento es un arma cara y limitada, mientras que los secretos empresariales son el recurso más accesible para medianas y pequeñas empresas que ahora perdieron la vía represiva, que es más eficiente.
Con preocupación, Georgina García, especialista en propiedad intelectual y asesora legislativa, considera que la reforma debería verse con cuidado pues es peligroso que ahora se interprete que el país suavizó la protección de patentes y secretos.
Sin embargo, algunos sectores de la industria de la innovación, se alegran con el cambio el presidente de la Asociación de la Industria Farmacéutica Nacional, Álvaro Camacho, que representa al sector de medicamentos genéricos, apoya la medida.
Según dijo, muchas de las patentes de invención de producto farmacéuticos son infundadas y hasta impugnables, por lo que las penas de prisión por su violación serían excesivas.
En contra del criterio de Camacho, Sylvia Varela, presidenta de la Federación Centroamericana de Laboratorios Farmaceuticos, considera que la eliminación de penas de prisión en patentes violenta el derecho a la salud, pues, según ella, fomenta la piratería.
Varela mencionó que según la Organización Mundial de la Salud el 25% de los medicamentos son falsificados, copiados o de calidad disminuida, lo que atenta con el derecho a la salud.
Por su parte, Luis Jiménez, director de Proinnova (la unidad de gestión y transmisión de conocimiento de la Universidad de Costa Rica) considera que es necesario fortalecer una cultura de respeto a la propiedad intelectual, pero, eso sí, a base de incentivos a la innovación, no con delitos y endurecimiento de penas.
La ley 8656 derogará siete delitos de la Ley de procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual (8039). Todos tienen una pena de prisión de entre uno y tres años. Además de la vía penal el reclamo de cualquier daños se puede hacer en la instancia civil.
Artículo 49 y 50: Ambos protegen los secretos empresariales . El primero sanciona a quien divulgue, sin autorización del titular, secretos comerciales o industriales que tiene en conocimiento por razón de su oficio o relación contractual. El artículo 50 pena a quien obtenga este tipo de información por medios ilícitos.
Artículo 64. Sanciona a quien haga parecer como productos patentados o protegidos por modelos de utilidad los que no lo están, perjudicando al titular del derecho.
Artículo 65. Impone prisión a quien se haga pasar por titular de una patente o modelo de utilidad sin gozar de esos privilegios; pero exime de tal delito a quien inició el trámite de registro de esa patente.
Artículo 66
. Pena a quien fabrique productos patentados en el país utilizando también procedimientos registrados, sin el consentimiento de su titular y causándole un daño.
Artículo 67. Reprime con cárcel la reproducción de modelos o dibujos industriales sin consentimiento del titular.
Artículo 68. Sanciona la transacción, almacenamiento y depósito de productos que lesionen derechos de los dueños de patentes.
Fuente Ley 8039 vigente. www.elfinancierocr.com

Tiempo para marcas ticas en Europa

Tropifrut, Linda y Rostipollos evitaron que otras empresas se adelantaran a registrar sus nombres

Un 43% de consumidores europeos está dispuesto a pagar hasta un 10% más por un producto con indicación geográfica. Por ejemplo, el aceite Toscano incrementó su precio 10% al ser reconocido como denominación de origen.gilda gonzález /EF Ana Cristina Camacho Sandoval

Algunos de los siguientes nombres le parecerán conocidos: Sixaola, Cacique, Tica Linda Costa Rica y San Rafael Tarrazú.

Aunque le evoquen a banano, aguardiente o café en Europa son nombres inscritos por empresas o personas que no tienen negocios en Costa Rica ni viven acá.
Sencillamente gestionaron la inscripción de estos signos ante las autoridades europeas de la


Oficina de la Armonización del Mercado Interior (OAMI) con sede en Alicante, España, y la entidad los registró.

Sixaola está inscrita para plátanos, Cacique pertenece a una firma irlandesa que comercializa ron, Tica Linda Costa Rica vende follajes y San Rafael Tarrazú, café pero de otro país.

El que terceros países se hayan adelantado a registrar nombres que podrían aludir a productos, procesos o lugares costarricenses es un problema para el país en momentos en que negocia un tratado de libre comercio con la Unión Europea.

Lo anterior por cuanto no hay garantía de que gestiones para cancelar estas marcas fructifiquen.

También podría ocurrir que en un futuro, exportadores ticos ingresen servicios o productos allá y sus marcas no sean aceptadas pues ya están a nombre de otros.

Tal es el caso de la marca Cacique, de la Fábrica Nacional de Licores (Fanal). Su administrador general, Claudio Aguilar, sabe que de concretarse la posibilidad de exportar este aguardiente a Europa deberá hacerlo con un nuevo nombre.

“Conocemos que es una marca registrada desde hace muchos años en España y otros países”, dijo Aguilar.

Mejor antes que después

En cambio, otras empresas corrieron mejor suerte.

María del Mar Baldares, abogada costarricense del bufete Guardia & Cubero que tiene oficina en España, calculó que para el 2007 Costa Rica había presentado 61 solicitudes de registro de marcas, tenía 30 registradas y ninguna renovada ante la OAMI.

Están registradas Ron Centenario y Linda; esta última fue gestionada por Desarrollo Agroindustrial de Frutales.

Sin embargo, Linda debió enfrentarse a una marca similar inscrita en marzo del 2007 bajo el signo Linda McCartney (esposa fallecida del cantante Paul Cartney) para alimentos frescos y vegetarianos.

También están inscritas Rostipollos (desde febrero del 2001, con vigencia de 10 años) y Florida Ice & Farm desde junio de este año. Esta última inscribió su marca Tropifrut recientemente aprovechando la coyuntura de las negociaciones comerciales con Europa, dijo Carlos Francisco Echeverría, director de relaciones corporativas.

La lucha comienza en casa

Invitada por la Cámara de Exportadores (Cadexco), Baldares dictó un seminario en julio pasado dirigido a empresarios interesados en el Viejo Continente.

Su tesis es que a pesar de que hay nombres que pudieron ser aprovechados con anticipación, Costa Rica está en buen momento para gestionar la solicitud de marcas e indicaciones geográficas.

“Hay que empezar a protegerse ya y no esperar a que se cometa una infracción”, recalcó.
Baldares comentó que las ventajas para el comerciante nacional son amplias, pues el europeo está dispuesto a pagar hasta un 10% extra del precio habitual por un producto con denominación de origen.

5.000 euros cuesta en promedio una cancelación de marca ante la Unión Europea.
30 marcas registradas tiene Costa Rica en el mercado europeo aunque ha realizado 61 solicitudes.

“Según encuestas realizadas, un 43% de los consumidores europeos pagarían ese precio mayor y esto significa unas 159 millones de personas”, dijo la abogada.

En el caso de los caficultores ticos, el sector sabe que en algunos países europeos se comercializa café con el distintivo Tarrazú sin ser originario del país.

Están esperanzados que las gestiones para declarar el café de Tarrazú, Dota y León Cortés como denominación de origen de la región de Los Santos logren su cometido ante el Registro de Propiedad Industrial (RPI).

Una vez esto ocurra podrán pedir ante las autoridades europeos la cancelación de esas marcas, explicó Roque Mata, presidente de la Asociación Reguladora de las Normas de Origen de Los Santos.

El registro dio tiempo hasta diciembre próximo para que la asociación presente la documentación completa según lo dispone el Reglamento de Indicaciones Geográficas.

Lo mismo sucede con los queseros de Turrialba y los bananeros, que también presentaron ante el RPI sus respectivas peticiones.
Respecto al banano, el objetivo es justificar la marca nacional basados en la tradición y diferenciación de suelos y calidad.

Para Denise Garnier, abogada de la firma González & Uribe, los estudios presentados por el sector bananero ante el RPI han demostrado que el banano tico se cultiva en suelos cargados de capa orgánica muy distintos a los de África. Esta diferencia permite una fruta con características especiales.

Garnier recordó que las leyes europeas permiten la coexistencia de marcas si se demuestra la validez de ambas denominaciones de origen.

Lo anterior tiene su antecedente en las regiones de Torre Vedra de Portugal y de España. Ambos países justificaron el origen de sus licores y coexisten en el comercio.
Susana Vázquez, representantes de Comercio Exterior, explicó que en general todo lo relativo a protección de Propiedad Intelectual es territorial y se debe buscar reconocimiento individual en cada uno de los países.

También existe la opción de marca comunitaria por medio de la cual se reconoce el signo en todo el bloque de países.

En el marco de las negociaciones con la Unión Europea –añadió Vázquez–, lo que se busca es establecer estándares mínimos de protección y que las leyes de cada país los garanticen.

Ella aseguró que el tema de denominación de origen está crudo en la negociación, pero confía en que la posición flexible de Europa de ajustarse a su socio comercial prevalezca también en el caso centroamericano.

Fuente: El Financiero: www.elfinanierocr.com

martes, 24 de junio de 2008

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Somos una firma de Abogados costarricense la cual cuenta con amplia experiencia al servicio legal, se especializa en el Derecho de Propiedad Intelectual en su más amplio sentido.

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